CÓDIGO DE ÉTICA

Declaración de ética de publicación

La Revista de la Facultad de Ciencias Económicas es una publicación de carácter científico de acceso abierto revisada por pares. Esta declaración aclara el comportamiento ético de todas las partes involucradas en el acto de publicar un artículo en esta revista, incluidos el autor, el editor, el Comité Editorial, el revisor y la entidad editora (Universidad de Guayaquil). Esta declaración se basa en las anteriores Guías del Código de Conducta y Mejores Prácticas para Editores de Revistas de COPE y en las actuales Prácticas Básicas de COPE.

Guía ética para la publicación de manuscritos

La publicación de un manuscrito en La Revista de la Facultad de Ciencias Económicas, revisada por pares, es un componente esencial en el desarrollo de una red de conocimiento coherente y respetada. Es un reflejo directo de la calidad del trabajo de los autores y las instituciones que los apoyan. Los artículos revisados por pares apoyan e incorporan método científico. Por lo tanto, es importante acordar los estándares de comportamiento ético para todas las partes involucradas en el acto de publicación: el autor, el editor de la revista, el revisor, la editorial y la sociedad.

La Editorial y el Editor

La editorial de La Revista de la Facultad de Ciencias Económicas toma muy en serio sus deberes de custodia en todas las etapas de la publicación y reconoce sus responsabilidades éticas y de todo tipo. Está comprometida a garantizar que la publicidad, la reimpresión u otros ingresos comerciales no tengan impacto o influencia en las decisiones editoriales. Además, La Revista de la Facultad de Ciencias Económicas y su Comité Editorial ayudarán en las comunicaciones con otras revistas y/o editoriales cuando sea útil y necesario.

Decisiones de publicación: El editor de La Revista de la Facultad de Ciencias Económicas es el responsable de decidir cuál de los artículos enviados a la revista debe publicarse. La validación del trabajo en cuestión y su importancia para los investigadores y lectores siempre deben conducir tales decisiones. Los editores pueden guiarse por las políticas del comité editorial de la revista y estar limitados por los requisitos legales que se aplicarán en relación con la difamación, la infracción de derechos de autor y el plagio. Los editores pueden consultar con otros editores o revisores para tomar esta decisión.

Juego limpio: El editor en cualquier momento evalúa los manuscritos por su contenido intelectual sin tener en cuenta la raza, el género, la orientación sexual, las creencias religiosas, el origen étnico, la ciudadanía o la filosofía política de los autores.

Confidencialidad: El editor y el personal editorial no deben revelar ninguna información sobre un manuscrito enviado a nadie que no sea el autor de correspondencia, revisores, posibles revisores, otros asesores editoriales y la editorial, según corresponda.

Divulgación y conflictos de intereses: Los materiales no publicados divulgados en un manuscrito enviado no deben utilizarse en la investigación de un editor sin el consentimiento expreso por escrito del autor.

Revisores
Contribución a las decisiones editoriales: La revisión por pares ayuda al editor a tomar decisiones editoriales y, a través de las comunicaciones editoriales con el autor, también puede ayudar al autor a mejorar el documento.

Rapidez: Cualquier revisor seleccionado que se sienta no calificado para revisar la investigación reportada en un manuscrito o que sepa que su pronta revisión será imposible debe notificar al editor y excusarse del proceso de revisión.

Confidencialidad: Cualquier manuscrito recibido para su revisión debe ser tratado como documento confidencial. No deben mostrarse ni discutirse con otros, excepto según lo autorice el editor.

Estándares de objetividad: Las revisiones deben realizarse de manera objetiva. La crítica personal del autor es inapropiada. Los revisores deben expresar sus puntos de vista claramente con argumentos de apoyo.

Reconocimiento de las fuentes: Los revisores deben identificar trabajos publicados relevantes que no hayan sido citados por los autores. Cualquier declaración de que una observación, derivación o argumento se haya informado previamente debe ir acompañada de la cita pertinente. Un revisor también debe llamar la atención del editor sobre cualquier similitud sustancial o superposición entre el manuscrito en consideración y cualquier otro documento publicado del que tenga conocimiento personal.

Divulgación y conflicto de intereses: La información privilegiada o las ideas obtenidas a través de la revisión por pares deben mantenerse confidenciales y no utilizarse para beneficio personal. Los revisores no deben considerar los manuscritos en los que tienen conflictos de interés como resultado de relaciones o conexiones competitivas, colaborativas u otras con cualquiera de los autores, compañías o instituciones relacionadas con los documentos.

Autores
Estándares de presentación: Los autores de trabajos de investigaciones originales deben presentar una descripción precisa del trabajo realizado, así como una discusión objetiva de su importancia. Los datos subyacentes deben ser representados con precisión en el documento. Un documento debe contener suficientes detalles y referencias para permitir que otros reproduzcan el trabajo. Las declaraciones fraudulentas o deliberadamente inexactas constituyen un comportamiento poco ético y son inaceptables.

Acceso y retención de datos: Se solicita a los autores que proporcionen los datos en bruto en relación con un documento para revisión editorial, y deben estar preparados para proporcionar acceso público a dichos datos (de conformidad con la Declaración ALPSP-STM sobre bases de datos y datos), si es posible, y, en cualquier caso, debe estar preparado para conservar dichos datos durante un tiempo razonable después de la publicación.

Originalidad y plagio: Los autores deben asegurarse de que han escrito trabajos completamente originales, y si los autores han utilizado el trabajo y/o las palabras de otros, estos deben ser citados o referenciados adecuadamente.

Publicación múltiple, redundante o concurrente: Un autor no debe, en general, publicar manuscritos que describan esencialmente la misma investigación en más de una revista o publicación primaria. Enviar el mismo manuscrito a más de una revista al mismo tiempo constituye un comportamiento de publicación poco ético y es inaceptable.

Reconocimiento de fuentes: Siempre se debe dar un reconocimiento adecuado del trabajo de los demás. Los autores deben citar publicaciones que hayan sido influyentes para determinar la naturaleza del trabajo informado.

Autoría del artículo: La autoría debe limitarse a aquellos que han hecho una contribución significativa a la concepción, diseño, ejecución o interpretación del estudio presentado. Todos aquellos que hayan realizado contribuciones significativas deben figurar como coautores. Cuando hay otros que han participado en ciertos aspectos sustantivos del proyecto de investigación, deben ser reconocidos o enumerados como contribuyentes. El autor de correspondencia debe asegurarse de que todos los coautores apropiados y no coautores inapropiados estén incluidos en el documento y que todos los coautores hayan visto y aprobado la versión final del documento y hayan aceptado su presentación para su publicación.

Divulgación y conflictos de intereses: Todos los autores deben divulgar en su manuscrito cualquier conflicto de intereses financiero u otro conflicto de intereses sustantivo que pueda interpretarse para influir en los resultados o la interpretación de su manuscrito. Deben divulgarse todas las fuentes de apoyo financiero para el proyecto.

Errores fundamentales en trabajos publicados: Cuando un autor descubre un error significativo o inexactitud en su propio trabajo publicado, es obligación del autor notificar de inmediato al editor de la revista y cooperar con el editor para retraer o corregir el documento.

La Revista de la Facultad de Ciencias Económicas siguiendo los lineamientos del COPE sobre buenas Ética y Buenas Prácticas, defiende la no endogamia académica, por tanto limitará: i) la publicación de manuscritos aprobados al 40% por numero para autores provenientes de la entidad editora (Universidad de Guayaquil); ii) a uno (1) por volumen, cuando el editor es autor o coautor; iii) a dos (2) por volumen, cuando uno de los miembros del comité editorial es autor o coautor; y iv) a uno (1) por numero para un mismo autor, es decir máximo tres (3) publicaciones por volumen.