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Vol. 1 N° 2 (2023)
JULIO - DICIEMBRE
ISSN 2960-8147
ISBN 978-9942-44-827-9
SECCIÓN DE TRABAJOS INÉDITOS
DESOBEDIENCIA DE LOS FUNCIONARIOS POLICIALES A LAS GARANTÍAS
CONSTITUCIONALES DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
“Privar a las personas de sus derechos humanos es poner en tela de juicio su propia humanidad”.
Nelson Mandela
Autoras: Caraballo Ysabel. Guzmán Dorys. Ramos De Solipa María E. Instituto de Aeronáutica
Civil de Venezuela.
Fecha: Octubre 2023
Fecha de recepción: 19/12/2023 Fecha de aceptación: 19/12/2023
RESUMEN:
Durante los últimos años, se han realizado grandes esfuerzos por mejorar la situación
de los niños, niñas y adolescentes. Si se revisa el texto de la Ley Orgánica para la Protección
de Niños, Niñas y Adolescentes, se evidencia en el instrumento jurídico, que no establece
sanciones para los funcionarios policiales en la denegación de justicia de los niños, niñas y
adolescentes en el marco de las garantías constitucionales y se debe recurrir a lo que al respecto
ha establecido el Código de Procedimiento Civil, en donde, las sanciones allí preceptuadas
son pecuniarias. Desde esta perspectiva se eleva la propuesta de un plan estratégico de
prevención ante la violación cometida por funcionarios policiales en denegación de justicia de
los niños, niñas y adolescentes; desde estrategias tales como: Privación de libertad y medidas
sancionatorias. Epistemo-metodológicamente, se sustentó la investigación en el enfoque
cualitativo, en la modalidad de proyecto factible, realizando el respectivo soporte en la lectura
de leyes, textos, jurisprudencias, legislación comparada, entre otros materiales impresos de
interés en la materia. En este orden de ideas, se persigue hacer práctica la legislación penal
pecuniaria y civil dentro de la ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes,
especialmente esta propuesta va dirigida a los funcionarios policiales del Comando Central de
la Policía Bolivariana del Estado Aragua.
Palabras claves: funcionarios policiales, denegación de justicia, Niños Niñas y Adolescente,
seguridad ciudadana, violación.
SECTION OF UNPUBLISHED WORKS
DISOBEDIENCE OF POLICE OFFICERS TO THE CONSTITUTIONAL GUARANTEES OF
CHILDREN AND ADOLESCENTS.
“To deprive people of their human rights is to call into question their very humanity”.
Nelson Mandela
Authors: Ysabel Caraballo. Dorys Guzmán. María E. Ramos De Solipa. Civil Aeronautics
Institute of Venezuela.
Date: October 2023
Reception date: 19/12/2023 Acceptance date: 19/12/2023
ABSTRACT:
During the last years, great efforts have been made to improve the situation of children
and adolescents, if the text of the Organic Law for the Protection of Children and Adolescents is
reviewed, it is evidenced in the legal instrument, which does not establishes sanctions for police
officers in the denial of justice to children and adolescents within the framework of constitutional
guarantees, one must resort to what has been established in this regard by the Code of Civil
Procedure, which in the investigator’s opinion, the Sanctions prescribed therein are pecuniary.
From this perspective, the proposal for a strategic plan for prevention of rape committed by
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seguridad, es una preocupación central en toda sociedad, en particular en aquellas donde
le evolución y la modernidad han llegado a ser ejes centrales que guían el cambio social.
Según Beato (2010): “La seguridad es una construcción permanente de la vida cotidiana, su
término ha generado algunas polémicas debido a los múltiples conceptos prevalecientes e
interrelacionados (seguridad nacional, pública, integral, humana, ciudadana, jurídica)” (p.75),
es decir, que, mediante políticas de seguridad ciudadana, se impulsa también la relación
existente entre la noción de seguridad con las de libertad, derechos humanos, democracia,
criminalidad, orden público, entre otros. Sin embargo, una de las amenazas más visibles a la
seguridad ciudadana es la delincuencia.
En efecto, la seguridad ciudadana en términos jurídicos, se califica como un derecho
de todos los ciudadanos. En otras palabras, es la garantía jurídica que brinda el Estado
conjuntamente con la efectividad real que esta implica para su aplicación. De allí pues, que
de acuerdo con lo que señala Godoy (2008): “En un Estado Democrático consolidado, la
seguridad y el orden público se fundamentan en salvaguardar los derechos humanos como la
principal finalidad y misión que debe tener toda actividad policial” (p. 45).
En este sentido, se infiere entonces, que, en un Estado Democrático de Derecho, las
funciones policiales se rigen como un servicio público a la comunidad que tiene por finalidad
garantizar a toda la población el libre ejercicio de los derechos y libertades; siendo una labor
íntimamente ligada al bienestar general y a la calidad de vida de las personas como función
superior del Estado.
Desde esta perspectiva, es claro que el derecho a la seguridad ciudadana es un derecho
humano cuya vulneración debe sensibilizar a todos los ciudadanos en todos los sectores de las
sociedades, además de la autoprotección que ellos mismos están en capacidad de brindarse.
En consecuencia, la seguridad ciudadana plantea desde su propia concepción el resguardo y
respeto a los derechos humanos, así como en la propia garantía de los mismos.
Su contenido va entonces mucho más allá de la ausencia de amenazas para el orden
público, extendiéndose a la protección de la ciudadanía, así como al desarrollo de una política
de intervención policial de proximidad y de fortalecimiento y confiabilidad en las instituciones,
preservando así, el derecho a la vida de los niños, niñas y adolescentes. Los cambios del Estado
Venezolano a partir de 1999, luego de la promulgación de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, proponen redimensionar la tradicional idea de ciudadanía, que más
allá del reconocimiento expreso de unos derechos, se consolida con su ejercicio. A tal efecto, se
exponen los elementos de un modelo de seguridad ajustado a los principios constitucionales
de un Estado Social y Democrático de Derecho y se pone en relieve la importancia del estudio
de la política pública nacional de seguridad ciudadana, por ser ésta un buen revelador de los
valores y objetivos del Estado en la materia.
Por lo antes descrito al desarrollar este contenido la idea de valor es proponer un
plan estratégico de prevención ante la violación cometida por funcionarios policiales en
la denegación de justicia de los niños, niñas y adolescentes en el marco de las garantías
constitucionales. Para lograr consolidar dicha propuesta, se inicia elaborando un diagnóstico
en relación a qué se debe entender por violación de garantías constitucionales cometidas
por funcionarios policiales en la denegación de justicia a los niños, niñas y adolescentes en
el marco de la seguridad ciudadana. Posteriormente, se procede a determinar cuáles son
los órganos competentes en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en caso
de denegación de justicia en Venezuela en el contexto de la seguridad ciudadana. Además,
police officers in denial of justice for children and adolescents is raised; deprivation of liberty
and punitive measures. Investigative, support was obtained in the qualitative approach, in
the feasible project modality, making the respective support in the reading of laws, texts,
jurisprudence, comparative legislation, among other printed materials of interest in the matter.
In this order of ideas, it is pursued to make practical the pecuniary and civil criminal legislation
within the Organic Law for the Protection of Boys, Girls and Adolescents. This proposal is
especially addressed to the police officers of the central command of the Bolivarian Police of
the State of Aragua.
Keywords: police officers, denial of justice, Boys Girls and Adolescents, citizen security, rape.
Introducción
Durante los últimos años en el estado Aragua se han realizado grandes esfuerzos por
mejorar la situación que viven los niños, niñas y adolescentes en cuanto a la desobediencia de
los funcionarios policiales a las garantías establecidas en el marco legal vigente y que ampara a
Niños, Niñas y Adolescentes, debido a que los mismos omiten procedimientos, cometen faltas
u omisiones tipificadas en leyes preexistentes, así también violan garantías constitucionales las
cuales establecen la protección de niños, niñas y adolescentes, pues el marco legal les ofrece
tutela judicial efectiva. Debido a la recurrencia de delitos por parte de los funcionarios es
necesario la adecuación de la legislación venezolana, ajustándola a los principios establecidos
en la Convención Internacional sobre los derechos del niño, ya que supone una transición en
Venezuela por la creación de la Ley de Protección para Niños y Adolescentes(LOPNA)puesta en
vigencia 01 de abril del año 2000, siendo con este instrumento jurídico que se inicia un cambio
de paradigma profundo a un en la materia de protección de niños, niñas y adolescentes.
Esta propuesta se sugiere ante la desobediencia de los funcionarios policiales y
poner en riesgo las garantías que amparan a Niños, Niñas y Adolescentes. En el marco de
dichas garantías, es de suma importancia para los litigantes, jueces, magistrados y todos
los integrantes del Sistema Rector Nacional de Protección y la sociedad en general ya que
esta propuesta de leyes preexistentes relacionadas con la violación, omisión y violación de
derechos humanos cometidas contra los niños, niñas y adolescentes persiguen hacer práctica
la legislación, integrando sanciones penales y pecuniarias, como también las civiles dentro de
Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Esta propuesta va dirigida
a los funcionarios policiales del comando central de la Policía Bolivariana del Estado Aragua.
Diagnóstico de la Problemática
Un nuevo enfoque de seguridad ciudadana implica más que un reto, un desafío cultural,
pero las mismas características que ha asumido la función gubernamental y específicamente la
función legislativa, invitan a reflexionar sobre qué concepto de seguridad se está manejando,
qué uso se le está dando a la capacidad de gobernar, cómo y cuáles han sido los recursos
empleados, para así plantear los procesos de reformas necesarios a ser desarrollados en el
marco de unos objetivos y mecanismos éticos para cumplirlas metas trazadas.
Existe una falta de cultura de seguridad ciudadana en el contexto del Estado Aragua,
lo que se traduce en el comportamiento de la población, que, de no ser corregido, desde
la niñez, aumentará en forma alarmante la inseguridad ciudadana en los próximos años. Es
por ello, que la seguridad de los niños, niñas y adolescentes es considerada como una de
las partes vulnerables que están sumamente amenazados, la misma que se transforma en un
peligro para la sustentabilidad de los procesos de desarrollo de la sociedad y por esta razón el
marco legal establece que son sujetos plenos de derecho y debe dárseles prioridad absoluta
al atender cualquier situación o eventualidad que implique a un niño, niña o adolescente. La
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Multiplicidad de Tareas y Roles en el Trabajo Policial
El trabajo policial es una profesión que está sujeta al cumplimiento de una normativa muy
determinada y específica. Confluyen además en el trabajo policial, determinadas variables que
operan muchas veces de forma contradictoria y los someten a tensiones diversas. Así, el policía
representa el brazo coercitivo de la Administración (en sus facetas de uso de la fuerza o de
carácter sancionador), como una extensión del aparato judicial, como un funcionario público
obligado a responder a las demandas de la ciudadanía, como un mediador social encargado
de solventar problemas de la comunidad sin ejercer acción legal o de fuerza o incluso, como
un consejero al que las personas recurren para demandar atención social.
Todo ello teniendo en cuenta el riesgo del trabajo que llevan a cabo y los medios, apoyos
y salarios con los que se cuenta. Serrano (2010), explica que: El Plan de Transformación Cultural
cimentó como filosofía el cambio de actitud en los integrantes de la institución, equilibrando
sus dimensiones para contribuir a su pleno desarrollo individual y también para agenciar
su participación en la construcción de una cultura organizacional, para erigir una Policía
competente y competitiva (Documentos en línea). (p.23) El policía desempeña un conjunto
de roles cuyo difícil equilibrio se rompe innumerables veces en detrimento de la salud física
y mental de los agentes. Además, el policía es también un trabajador que en el desempeño
de su trabajo diario está expuesto, como el resto de los trabajadores, a un montón de riesgos
laborales derivados de sus condiciones específicas de trabajo.
Entramado Metodológico
Todo proceso científico e investigativo se da la mano con lo metodológico, porque
impulsa desde la cientificidad, los lineamientos y características que posee lo investigado. En
el caso que nos ocupa, es una propuesta de proyecto factible. De ella, se resalta el papel que
desempeña el conocimiento en la vida de las personas y de la sociedad.
Vale destacar que la comprensión, es la modalidad más originaria del conocer y ella va
desde el comprender de una manera imprecisa, vaga e inconsciente; hasta el comprender
consciente, reflexivo y objetivamente. Los procesos metodológicos, son los que llevan al ser
humano a superar el estadio del conocimiento vago al conocimiento reflexivo. De allí, que la
investigación represente una herramienta para poner en marcha dicho proceso; gracias a ella,
se adquieren y ordenan ideas para formar conceptos, enunciados, principios, leyes y teorías.
Por su parte Arias (2012), opina que: “La metodología del proyecto incluye el tipo o tipos
de investigación, las técnicas y los procedimientos que serán utilizados para llevar a cabo la
indagación. Es el “como” se realizará el estudio para responder al problema planteado”. (p.47).
De este modo se comprende que el marco metodológico está basado en la investigación
cualitativa. Lo aquí descrito se corresponde con la investigación descriptiva, apoyada en una
revisión documental y con apoyo en las TIC’S. Con base a lo descrito en las líneas anteriores,
se puede mencionar que Tamayo y Tamayo (2000), indica que en el nivel descriptivo: “El énfasis
se aplica al análisis de los datos con los cuales se presentan fenómenos o hechos de la realidad
que, dada su similitud, es necesario describir sistemáticamente” (p. 60). En la investigación que
se realizó, solamente se observó la ocurrencia de fenómenos en un contexto determinado, sin
intervenir para nada en su manifestación.
Respecto a la modalidad de investigación, esta corresponde a un Proyecto Factible,
lo que quiere decir, que desde él se presenta una propuesta operativa para dar solución al
problema relacionado con la prevención ante la violación cometida por funcionarios policiales
en la denegación de justicia de los niños, niñas y adolescentes en el marco de las garantías
constitucionales, para implementar un plan estratégico.
se desea identificar cómo está concebida la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en
caso de denegación de justicia en el contexto antes mencionado. Finalmente, se establece
el diseño de un plan estratégico de prevención ante la violación cometida por funcionarios
policiales en la denegación de justicia a los niños niña y adolescente en el marco de las garantías
constitucionales. Para describir algunos elementos de interés, se hace necesario mencionar en
primer lugar lo referente a algunas conceptualizaciones que serán de ayuda para desarrollar
de manera efectiva la propuesta y la temática.
Teoría Consensual de la Verdad
Desarrollada por Jûrgen Habermas (1995), (perteneciente a la Escuela de Frankfurt),
propone: “Una fundamentación intersubjetiva de los valores y derechos, a través de un acuerdo
racional alcanzado en unas condiciones ideales”.
En una línea similar, para Chaïm Perelman los derechos humanos se fundamentan en:
“La experiencia y la conciencia moral de un consenso que se alcanza a través de un proceso
determinado. Se trata de fundamentos en los que coincidan los que denominan “espíritus
razonables” y que serían asimismo aprobados por audiencias universales, los que se consideran
interlocutores válidos para cada asunto”.
Violación de Garantías
Las garantías constitucionales son: “Los mecanismos que establece la Constitución
para prevenir, cesar o enmendar la violación de un derecho que está reconocido en la misma
Constitución”. Santamaría A, (2013). La expresión Garantías Constitucionales empezó a usarse
en el ámbito político a partir de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano,
proclamada en Francia en 1789, cuyo art. 12 expresaba que: “La garantía de los derechos del
hombre y del ciudadano necesita una fuerza pública y que esta se halle instituida en beneficio
de todos y no para particular utilidad de aquellos a quienes es confiada”.
Desde entonces, uno de los deberes del Estado, probablemente el más importante de
todos, es el de salvaguardar los derechos de las personas y darles una protección eficaz, es
decir asegurar el cumplimiento de las garantías constitucionales”. La garantía es una forma
de afianzar lo prescrito en las normas constitucionales. “Las garantías constitucionales son
aquellas instituciones, que, en forma expresa o implícita, están establecidas por la Constitución
Política para la salvaguarda de los derechos constitucionales y del sistema constitucional”. (ob.
cit). Las garantías operan tanto en la puesta en marcha del proceso, como dentro de este y
se encaminan a la protección de quien podría llegar a ser y de quien ya es sujeto pasivo del
proceso, es decir, protección del ciudadano frente a la eventual imputación y del procesado
frente al proceso mismo y frente al poder del Juez como forma de asegurar que nadie será
sometido a aquel, sino en presencia de tales condiciones, un trato humano y digno durante el
curso del proceso y la justicia en la imposición de la pena”.
El cumplimiento estricto de las garantías constitucionales en el proceso penal, constituye
uno de los pilares fundamentales para el ejercicio de la justicia, dentro de los paradigmas de
la democracia contemporánea: la posibilidad de seguridad pública que se desprende de la
persecución y juzgamientos penales, así como la aplicación de la pena, carece de significado
verdadero, si no existe el marco idóneo para que tal alternativa quepa dentro de la posibilidad
en la que quien esté siendo juzgado, cuente con un espacio de realización en el ejercicio
de sus derechos. La alternativa para que se efectivicen tales garantías constitucionales en el
proceso penal, se hace posible cuando los roles en el proceso penal sean evidentes.
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las instancias y organizaciones del poder popular, organizaciones sociales y organizaciones
de víctimas de estos delitos; con responsabilidad con los órganos y entes del poder público
competentes y de la protección y defensa de los derechos humanos.
De aquí que la propuesta que se presenta, tiene como fin, fortalecer los principios
constitucionales sobre el derecho que tienen los niños, niñas y adolescentes al respeto de su
dignidad, su integridad física, psíquica y moral, así como a la prohibición absoluta de la tortura
y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Por ello, el deber que tienen las y los funcionarios policiales del Comando Central de la
Policía Bolivariana del Estado Aragua de promover y defender los derechos humanos de los
niños, niñas y adolescentes como fundamento de la convivencia democrática y de la paz social,
así como, la obligación que tiene el Estado de prevenir, investigar y sancionar los delitos contra
los derechos humanos cometidos por los funcionarios públicos, las funcionarias públicas y las
personas naturales, atendiendo el principio de imprescriptibilidad de éstos, como también
garantizar a las víctimas, el ejercicio de las acciones administrativas y judiciales que permitan
la protección de sus derechos y el castigo de los responsables, mediante mecanismos que
aseguren la imparcialidad y el cumplimiento de las disposiciones constitucionales del derecho
a la defensa y al debido proceso.
Referencias bibliográficas:
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Arraigada (2009), La Razón de Ser.S/ed.
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Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. (2015). Gaceta Oficial
Nº5.266 (Extraordinario) de fecha 02 de octubre de 1998.
Ley Tutelar de Menores. (1980). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº
2710 (Extraordinario) de fecha 30 de diciembre de 1980.
Palella, S. y Martins, F. (2011) Metodología de la Investigación Cualitativa. Caracas –
Venezuela: Editorial FEDUPEL
Ramírez (1999), La investigación. Metodología. S/ed.
Santamaría A, (2013). La expresión Garantías Constitucionales. S/ ed.
Serrano (2010), El Plan de Transformación Cultural.S/ed
Según Palella (2011), se entiende por población: “A un universo de sujetos de investigación
constituida por todas las personas, objetos o cosas que sirven de base para plantear el
problema y que por su naturaleza presentan características importantes dentro de un contexto
determinado”. Para desarrollar esta investigación se tomó en consideración cincuenta (50)
funcionarios policiales, donde la muestra es toda la población, este tipo de método se utiliza
cuando es necesario saber las opiniones de todos los sujetos involucrados en el estudio.
Figura 1: Estructura de la Propuesta
Fuente: Arana (2023), elaboración propia
Conclusiones
La niñez y la adolescencia son dimensiones fundamentales durante las cuales ungimos la
personalidad de los futuros hombres y mujeres que darán vida y oscuridad a los diversos roles
que asuman dentro de la estructura societal, mediante sus particulares actitudes valorativas y
espirituales al igual que sus actitudes cognitivas.
Por lo que la propuesta, tiene por objeto, la prevención, tipificación, sanción de los
delitos de tortura y otros tratos crueles , inhumanos o degradantes, así como la reparación del
daño a los niños, niñas y adolescentes que hayan sido víctima de estos delitos, promoviendo
la participación de los funcionarios policiales del Comando Central de la Policía Bolivariana
del Estado Aragua, además de la participación de los ciudadanos y ciudadanas a través de